Queridos y queridas:
Pasaos por este blog, que gracias a él me acabo de enterar de cosas bastante útiles, como que desde este año ya no es obligatorio el envío de las tarifas de intérprete jurado al ministerio, que nuestra designación ha cambiado (ahora somos Traductores-Intérpretes Jurado), y que ya no se podrá tener acceso al título por licenciatura, sino por los exámenes del ministerio.
No obstante, y dado que esto es demasiado reciente y dudo mucho que la información se haya publicado lo suficiente, voy a continuar enviando mis tarifas, al menos este año, hasta estar segura de que no voy a tener problemas por no hacerlo.
Ahora tengo que informarme sobre qué hacer con el título cuando te das de alta como autónomo en otro país. He leído por ahí algo de que se necesita una apostilla de un juzgado de primera instancia (¿?) que luego se presenta en la embajada/consulado de España en el país donde vayas a residir, además del consecuente cambio de sello. En fin, que cuando lo tenga más claro lo pondré por aquí.
Pues nada, seguiremos informando.
No hay comentarios:
Publicar un comentario